CORTE TUMBA REQUISITOS PARA PENSIÓN POR CONCUBINATO EN ISSSTE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional exigir un mínimo de cinco años de convivencia o tener hijos en común para que una persona en concubinato pueda acceder a una pensión por viudez en el ISSSTE.

Con esta resolución, se elimina uno de los principales “candados” que dejaban fuera a muchas parejas, ya que anteriormente quienes no cumplían con estos requisitos eran rechazados automáticamente.

A partir de este fallo, las autoridades deberán analizar cada caso de manera individual, considerando elementos como la convivencia real, la dependencia económica, el apoyo mutuo y la existencia de un vínculo afectivo comprobable.

El máximo tribunal determinó que estas condiciones eran discriminatorias y violaban el derecho a la igualdad, al no reconocer la diversidad de modelos de familia en México, especialmente a quienes viven en unión libre.

No obstante, la Corte aclaró que la pensión no se otorgará de forma automática, ya que las personas solicitantes deberán demostrar que existía una relación de concubinato real.

La decisión marca un cambio en el acceso a derechos sociales, al eliminar restricciones rígidas y obligar a las instituciones a evaluar las relaciones con base en pruebas, no solo en requisitos formales.

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